Reforma previsional: a qué edad podrán jubilarse hombres y mujeres según la Ley Ómnibus
El Gobierno busca un nuevo esquema jubilatorio a través de la derogación de la moratoria previsional y la introducción de la Prestación de Retiro Proporcional. Cada persona cobraría su jubilación de acuerdo a sus años de contribución al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
La Ley de Bases implica derogar la ley 27.705, la moratoria previsional aprobada en marzo de 2023 y que habilitó a cerca de 800.000 personas en edad de jubilarse a acceder a un haber, pese a no contar con los 30 años de aporte que establece la ley
Con la “Unidad de pago de deuda previsional”, la moratoria y todas las mujeres que no reúnan los 30 años de aportes efectivos cobrarían una Prestación Proporcional recién a los 65 años, tal como sucede en la actualidad con los varones, se detalla en el proyecto consensuado.
Prestación de Retiro Proporcional: qué es y cómo funciona
La Prestación de Retiro Proporcional (PRP) consiste en un haber mensual equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), que representa el 80% del haber jubilatorio mínimo.
Para acceder a esta prestación que el Gobierno pretende imponer en reemplazo de la moratoria jubilatoria, las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años de edad o más.
- Acreditar un mínimo de 10 años de aportes previsionales.
- No haber renunciado voluntariamente a un empleo en los últimos 36 meses previos al cumplimiento de la edad jubilatoria.
Qué establece la moratoria previsional vigente
La ley 27.705, aprobada en febrero de 2023, estableció por un plazo de dos años, prorrogable por otros dos, la moratoria previsional. La medida permitió que durante el año pasado se jubilaran 460.000 personas que no tenían los años de aportes necesarios para hacerlo.
Esta norma estableció un plan de pagos con dos componentes:
- Quienes tienen la edad para jubilarse (60 años las mujeres y 65 años los hombres), pero no cuentan con los aportes suficientes pueden cancelar la deuda previsional en cuotas mensuales. Se pueden saldar años anteriores a 2008 hasta 120 cuotas. Cada mes adeudado es equivalente al 29 por ciento de la remuneración mínima imponible.
- A quienes les faltan 10 años, o menos, para llegar a la edad jubilatoria, pero tienen deuda previsional y no van a alcanzar a tener los aportes necesarios para jubilarse, se les permite cancelar períodos pasados de aportes faltantes, los cuales no pueden ser posteriores a marzo de 2012. Cada período a cancelar también es equivalente al 29 por ciento de la remuneración mínima imponible.
Si el Congreso aprueba la Ley Bases quienes no tengan los años de aportes necesarios solo podrán acceder a la PUAM a los 65 años y cobrarán solo el 80 por ciento del haber mínimo, independientemente de la cantidad de años que hayan aportado y siempre que puedan demostrar que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social.